Fecha actualización:
  • Fecha Última actualización: 09/12/2008
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Alta en el Padrón Municipal de Habitantes

Concepto
Alta en el Padrón Municipal de Habitantes. El empadronamiento es una lista administrativa en el que se incluyen los residentes.

Información y entrega de solicitudes
Lasarte-Oriako Udala. Padrón y registro.
Kale Nagusia, 22 Bajo 20160 LASARTE-ORIA
Tlf.: 943-37 60 55
De lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.

Plazos
En cualquier momento.

Requisitos y documentación

  • Impreso de hoja de inscripción en el Padrón de Habitantes, que deberán firmar todas las personas que sean mayores de edad. Si no puede acudir en persona deberá autorizar por escrito a un/una representante para realizar la inscripción, y adjuntará original y fotocopia del documento que acredite la identidad de la persona a inscribir. El/la representante deberá identificarse con D.N.I. original.
  • Original y fotocopia del documento que acredite la identidad de las personas a inscribir (D.N.I., libro de familia para menores de edad, tarjeta de residencia, pasaporte etc.)
  • Original y fotocopia de la escritura de propiedad o contrato de arrendamiento en vigor. Si el contrato de arrendamiento no estuviera vigente, traer también el último recibo de pago de alquiler.
  • Si hay personas inscritas en la vivienda en la que se dan de alta: autorización por escrito de la persona propietaria o inquilina, fotocopia de la escritura de propiedad o contrato de arrendamiento en vigor y fotocopia de su D.N.I. o N.I.E.
  • El/la menor de edad que no se empadrone con ambos progenitores deberá presentar la autorización del padre o la madre con quien no se empadrona o presentar documento que acredite la tutela del/la menor. Si no se empadrona con alguno de los progenitores autorización de ambos o de quien ostente la tutela.

Plazo para resolver la solicitud

Inmediato.

Tasas y formas de pago
Exento.

Observaciones
Personas extranjeras de origen no comunitario: si no tienen autorización de residencia permanente, deberán renovar cada dos años la inscripción en el padrón. No hacerlo será causa para acordar la caducidad de la inscripción (artículo 16.1.21 párrafo de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local).


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